LGRA

Artículo 173. Designación de peritos adicionales

Las partes pueden designar peritos adicionales para abordar aspectos cuestionados. Esto enriquece el análisis de la prueba pericial.

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Texto Legal

Las demás partes del procedimiento administrativo, podrán a su vez designar un perito para que se pronuncie sobre los aspectos cuestionados por el oferente de la prueba, así como por los ampliados por las demás partes, debiéndose proceder en los términos descritos en el artículo 169 de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Considerar peritos adicionales puede ser beneficioso para abordar puntos específicos. Asegúrese de que su designación esté bien fundamentada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 173 del LGRA?

Las partes pueden designar peritos adicionales para abordar aspectos cuestionados. Esto enriquece el análisis de la prueba pericial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 173 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] Considerar peritos adicionales puede ser beneficioso para abordar puntos específicos. Asegúrese de que su designación esté bien fundamentada.

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