Las Personas Servidoras Públicas deben observar el código de ética y conducta emitido por las Secretarías o los Órganos internos de control. Estos códigos deben ser conocidos y publicitados para asegurar una conducta digna y orientada a las necesidades de la sociedad.
Las Personas Servidoras Públicas deberán observar el código de ética y el de conducta según corresponda, que al efecto sea emitido por las Secretarías o los Órganos internos de control, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, para que en su actuación impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño.
Los códigos que se refieren en el párrafo anterior, deberán hacerse del conocimiento de las Personas Servidoras Públicas de la dependencia o entidad de que se trate, así como darles la máxima publicidad. Artículo reformado DOF 02-01-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que las entidades den a conocer estos códigos para fomentar una cultura de integridad. Los contadores deben asegurarse de que sus clientes cumplan con estas normativas para evitar sanciones.
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