Los testigos deben ser interrogados por separado, evitando la comunicación entre ellos. Se pueden habilitar días y horas inhábiles para su testificación.
Los testigos serán interrogados por separado, debiendo la Autoridad resolutora tomar las medidas pertinentes para evitar que entre ellos se comuniquen. Los testigos ofrecidos por una de las partes se rendirán el mismo día, sin excepción, para lo cual se podrán habilitar días y horas inhábiles. De la misma forma se procederá con los testigos de las demás partes, hasta que todos los llamados a rendir su testimonio sean examinados por las partes y la Autoridad resolutora del asunto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La separación de testigos es crucial para evitar influencias mutuas. Las partes deben coordinarse para maximizar la eficiencia del proceso de testificación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo