La Secretaría puede emitir criterios para determinar el tratamiento intensivo de datos basado en parámetros objetivos. Este articulo proporciona un marco para la evaluación de riesgos.
La Secretaría o la Autoridad garante, en el ámbito de su competencia, podrá emitir criterios adicionales con sustento en parámetros objetivos que determinen que se está en presencia de un tratamiento intensivo o relevante de datos personales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, en función de: I. El número de personas titulares; II. El público objetivo; III. El desarrollo de la tecnología utilizada, y IV. La relevancia del tratamiento de datos personales en atención al impacto social o económico del mismo, o bien, del interés público que se persigue.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Mantenerse actualizado sobre los criterios emitidos por la Secretaría es fundamental para el cumplimiento. Esto permitirá a las empresas ajustar sus políticas de acuerdo a las nuevas directrices.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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