Las autoridades deben llevar a cabo proyectos para mejorar la cobertura de sistemas de medición de fenómenos perturbadores. Esto es crucial para prevenir riesgos a la población.
Las autoridades correspondientes en su ámbito de competencia llevarán a cabo proyectos, estudios e inversiones necesarias para ampliar y modernizar la cobertura de los sistemas de medición de los distintos fenómenos perturbadores naturales y antropogénicos, encaminados a prevenir riesgos que pongan en peligro la vida y que puedan provocar daños a la población.
Capítulo IV Del Consejo Nacional de Protección Civil
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La modernización de sistemas de medición puede prevenir desastres. Los contadores deben considerar la inversión en tecnología para mejorar la gestión de riesgos.
Anterior
Art. 24. Centro de Comunicacion y Operacion
Siguiente
Art. 26. Consejo Nacional de Proteccion Civil
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo