Los medios de comunicación deben colaborar con las autoridades para difundir información veraz sobre protección civil y gestión de riesgos. Esta colaboración es vital para la educación y preparación de la población.
El emblema distintivo de la protección civil en el país deberá contener el adoptado en el ámbito internacional, conforme a la imagen institucional que se defina en el Reglamento y solamente será utilizado por el personal y las instituciones autorizadas en los términos del propio Reglamento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas deben considerar estrategias de comunicación efectivas para informar a sus empleados sobre medidas de protección civil.
Anterior
Art. 11. Emblema distintivo de protección civil
Siguiente
Art. 13. Sistema Nacional de Protección Civil
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo