LGPAS

Artículo 87. Auditorías técnicas preventivas

Las auditorías técnicas evaluarán el cumplimiento de la normatividad y planes de manejo por parte de los acuicultores. La Secretaría emitirá dictámenes sobre el cumplimiento y recomendaciones necesarias.

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Texto Legal

Las auditorías técnicas preventivas tendrán la finalidad de determinar el grado de cumplimiento de la normatividad y de los planes de manejo respectivos por parte de los acuacultores. La Secretaría, emitirá un dictamen que haga constar el adecuado cumplimiento de la legislación en la materia y de los planes de manejo y, en su caso, hará las recomendaciones sobre las medidas preventivas y correctivas necesarias, para garantizar una actividad sustentable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las auditorías son una herramienta útil para los acuicultores que buscan mejorar sus prácticas. Cumplir con la normatividad no solo evita sanciones, sino que también mejora la reputación del negocio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 87 del LGPAS?

Las auditorías técnicas evaluarán el cumplimiento de la normatividad y planes de manejo por parte de los acuicultores. La Secretaría emitirá dictámenes sobre el cumplimiento y recomendaciones necesarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 87 de la LEY de Pesca y Acuacultura Sustentables?

[IA] Las auditorías son una herramienta útil para los acuicultores que buscan mejorar sus prácticas. Cumplir con la normatividad no solo evita sanciones, sino que también mejora la reputación del negocio.

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