La planeación del ordenamiento acuícola se realizará a través de programas nacionales y estatales, promoviendo acciones coordinadas entre la Federación y las Entidades Federativas.
La planeación y regulación del ordenamiento acuícola, se llevará a cabo a través de:
I. El Programa Nacional de Acuacultura y la Carta Nacional Acuícola;
II. Los programas estatales de acuacultura;
III. Los planes de ordenamiento acuícola, y
IV. Los programas de desarrollo de la acuacultura derivados de los señalados en las fracciones anteriores.
La Federación y las Entidades Federativas, en los términos de la presente Ley, podrán convenir acciones que propicien el ordenamiento territorial de los desarrollos acuícolas ubicados en aguas continentales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La coordinación entre diferentes niveles de gobierno es vital para el éxito de los planes de ordenamiento. Los acuicultores deben participar activamente en estos programas para influir en las decisiones que les afectan.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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