El traslado de productos pesqueros vivos, frescos, enhielados o congelados debe realizarse con guía de pesca, excepto en casos específicos. Esta regulación busca asegurar la legalidad en el transporte de productos acuáticos.
El traslado por vía terrestre, marítima o aérea de productos pesqueros vivos, frescos, enhielados o congelados provenientes de la pesca o acuacultura deberá realizarse al amparo de la guía de pesca, de conformidad con el formato que expida la Secretaría. Se exceptúan de esta obligación las personas que hayan obtenido especies al amparo de permisos de pesca deportivo-recreativa, cuyo
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
traslado se amparará con el propio permiso y el que traslade productos cuyo destino sea el consumo doméstico directo del que lo transporta.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los transportistas de productos pesqueros conozcan esta obligación para evitar sanciones. La guía de pesca es un documento esencial que debe estar siempre a la mano durante el traslado.
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