Se requiere permiso para descargar en puertos extranjeros, que será otorgado por la Secretaría. La solicitud debe incluir información específica según el reglamento.
El permiso para descargar en puertos extranjeros o transbordar especies capturadas por embarcaciones pesqueras de bandera mexicana, será otorgado por la Secretaría, siempre y cuando los interesados proporcionen, adjunta a la solicitud del permiso, la información que se determine en el reglamento de esta Ley.
En los casos de emergencia, contingencias climáticas y averías en las embarcaciones se estará a lo dispuesto en el Reglamento de la presente Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los interesados en descargar en puertos extranjeros deben asegurarse de cumplir con todos los requisitos establecidos en el reglamento para evitar retrasos o rechazos en sus solicitudes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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