La ley reconoce varios instrumentos de política pesquera, incluyendo programas de ordenamiento pesquero y concesiones. Estos instrumentos son fundamentales para la gestión sostenible de los recursos pesqueros.
Para los fines y objetivos de la presente Ley, se reconocen como instrumentos de la política pesquera a los siguientes:
I. Los programas de ordenamiento pesquero;
II. Los planes de manejo pesquero; y
III. Las concesiones y permisos.
Los instrumentos contenidos en esta Ley, se aplicarán en congruencia con los previstos en otras disposiciones legales.
CAPÍTULO II PROGRAMAS DE ORDENAMIENTO PESQUERO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Familiarícese con los instrumentos de política pesquera para aprovechar al máximo las oportunidades que ofrecen. Su correcta aplicación es crucial para la sostenibilidad.
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