LGPAS

Artículo 145. Embarcaciones extranjeras

Este artículo establece que las embarcaciones extranjeras detenidas por pesca ilegal deben cumplir con obligaciones internacionales. Es un aspecto clave en la regulación de la pesca en aguas federales.

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Texto Legal

En el caso de embarcaciones extranjeras detenidas por pescar ilegalmente en aguas de jurisdicción federal, deberán observarse las obligaciones internacionales contraídas por nuestro país, con base en la más estricta reciprocidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las embarcaciones extranjeras deben estar al tanto de las regulaciones para evitar sanciones. Es recomendable que los operadores internacionales consulten con expertos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 145 del LGPAS?

Este artículo establece que las embarcaciones extranjeras detenidas por pesca ilegal deben cumplir con obligaciones internacionales. Es un aspecto clave en la regulación de la pesca en aguas federales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 145 de la LEY de Pesca y Acuacultura Sustentables?

[IA] Las embarcaciones extranjeras deben estar al tanto de las regulaciones para evitar sanciones. Es recomendable que los operadores internacionales consulten con expertos legales.

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