LGMIME

Artículo 64. Causales de nulidad

Los partidos y candidatos no pueden invocar causales de nulidad que ellos mismos hayan provocado. Este artículo busca evitar abusos en los medios de impugnación.

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Texto Legal

1. Los partidos políticos o personas candidatas no podrán invocar en su favor, en medio de impugnación alguno, causales de nulidad, hechos o circunstancias que ellos mismos hayan provocado.

CAPÍTULO III De la nulidad de la votación recibida en casilla

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es clave para entender las limitaciones que enfrentan los partidos al impugnar elecciones. Es recomendable que los abogados asesoren a sus clientes sobre las consecuencias de sus acciones durante el proceso electoral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 64 del LGMIME?

Los partidos y candidatos no pueden invocar causales de nulidad que ellos mismos hayan provocado. Este artículo busca evitar abusos en los medios de impugnación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 64 de la LEY de los Medios de Impugnación en Materia Ele...?

[IA] Este artículo es clave para entender las limitaciones que enfrentan los partidos al impugnar elecciones. Es recomendable que los abogados asesoren a sus clientes sobre las consecuencias de sus acciones durante el proceso electoral.

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