LGDNNA

Artículo 20. Identidad de extranjeros

Niñas, niños y adolescentes extranjeros en México tienen derecho a comprobar su identidad con documentos válidos. Se les brindarán facilidades para obtener la nacionalidad mexicana si cumplen con los requisitos.

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Texto Legal

Niñas, niños y adolescentes de nacionalidad extranjera que se encuentren en territorio nacional, tienen derecho a comprobar su identidad con los documentos emitidos por la autoridad competente u otros medios previstos en la Ley de Migración y demás disposiciones aplicables.

En los casos en que niñas, niños o adolescentes cumplan con los requisitos para obtener la nacionalidad mexicana, se les brindarán todas las facilidades a efecto de darles un trato prioritario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los profesionales de derecho familiar conozcan los derechos de los menores extranjeros. Esto puede influir en los procesos de regularización migratoria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LGDNNA?

Niñas, niños y adolescentes extranjeros en México tienen derecho a comprobar su identidad con documentos válidos. Se les brindarán facilidades para obtener la nacionalidad mexicana si cumplen con los requisitos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la LEY de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes?

[IA] Es importante que los profesionales de derecho familiar conozcan los derechos de los menores extranjeros. Esto puede influir en los procesos de regularización migratoria.

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