El reconocimiento de maternidad y paternidad se regirá por la legislación civil. En caso de negativa a pruebas de paternidad, se presumirá la filiación a favor de los padres.
Para efectos del reconocimiento de maternidad y paternidad de niñas, niños y adolescentes, así como en relación con los derechos y obligaciones derivados de la filiación y parentesco, se estará a la legislación civil aplicable. Ante la negativa de la prueba de paternidad o maternidad, la autoridad competente, salvo prueba en contrario, presumirá que es el padre o la madre respectivamente.
Capítulo Cuarto Del Derecho a Vivir en Familia
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo subraya la importancia de la filiación en los derechos de los menores. Los abogados deben estar preparados para abordar casos de disputas de paternidad.
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