LGDNNA

Artículo 135 Quinquies. Certificados de no inscripcion

El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias emitira certificados de no inscripcion a peticion de la parte interesada, facilitando el acceso a esta informacion. Este servicio es gratuito y esencial para la transparencia en las obligaciones alimentarias.

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Texto Legal

El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias emitirá certificados de no inscripción, a petición de la parte interesada. Para efecto de lo anterior, se dispondrá de un sitio web en el cual se genere automáticamente el certificado de forma gratuita, mismo que contendrá como mínimo la siguiente información:

I. Nombre o nombres, apellidos y Clave Única de Registro de Población del deudor alimentario;

II. Órgano jurisdiccional que ordenó el registro, cuantía de la pensión y estado de cumplimiento. Artículo adicionado DOF 08-05-2023

Artículo 135 Sexties. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus competencias, dispondrán lo necesario a fin de establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. Entre los trámites y procedimientos que podrán requerir la expedición de ese certificado, se encuentran los siguientes:

I. Obtención de licencias y permisos para conducir;

II. Obtención de pasaporte o documento de identidad y viaje;

III. Para participar como candidato a cargos concejiles y de elección popular;

IV. Para participar como aspirante a cargos de jueces, magistrados en el ámbito local o federal;

V. Los que se realicen ante notario público relativos a la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, y

VI. En las solicitudes de matrimonio, el juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro, mencionando la situación que guardan respecto de las obligaciones que tiene. Artículo adicionado DOF 08-05-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La posibilidad de obtener certificados de no inscripcion es una herramienta valiosa para los deudores. Los abogados deben informar a sus clientes sobre este recurso para facilitar sus gestiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 135 Quinquies del LGDNNA?

El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias emitira certificados de no inscripcion a peticion de la parte interesada, facilitando el acceso a esta informacion. Este servicio es gratuito y esencial para la transparencia en las obligaciones alimentarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 135 Quinquies de la LEY de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes?

[IA] La posibilidad de obtener certificados de no inscripcion es una herramienta valiosa para los deudores. Los abogados deben informar a sus clientes sobre este recurso para facilitar sus gestiones.

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