LGIPE

Artículo 68. Atribuciones de Consejos Locales

Los consejos locales tienen atribuciones que incluyen vigilar la observancia de la ley y designar consejeros electorales. Estas funciones son esenciales para la integridad del proceso electoral.

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Texto Legal

1. [Los consejos locales dentro del ámbito de su competencia, tienen las siguientes atribuciones:] Párrafo reformado DOF 02-03-2023 Párrafo declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

a) Vigilar la observancia de esta Ley, los acuerdos y resoluciones de las autoridades electorales;

b) Vigilar que los consejos distritales se instalen en la entidad en los términos de esta Ley; LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

c)[Designar en noviembre del año anterior al de la elección, por mayoría absoluta, a los Consejeros Electorales que integren los consejos distritales a que se refiere el párrafo 3 del artículo 76 de esta Ley, con base en las propuestas que al efecto hagan el consejero presidente y los propios Consejeros Electorales locales;] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

d)Resolver los medios de impugnación que les competan en los términos de la ley de la materia;

e)Acreditar a los ciudadanos mexicanos, o a la agrupación a la que pertenezcan, que hayan presentado su solicitud ante el presidente del propio consejo local para participar como observadores durante el proceso electoral, conforme al inciso c) del párrafo 1 del artículo 217 de esta Ley;

f)Publicar la integración de los consejos distritales por lo menos en uno de los diarios de mayor circulación en la localidad;

g)[Registrar supletoriamente los nombramientos de los representantes generales o representantes ante las mesas directivas de casilla en el caso previsto en el párrafo 3 del artículo 264 de esta Ley;] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

h)Registrar las fórmulas de candidatos a senadores, por el principio de mayoría relativa;

i)Efectuar el cómputo total y la declaración de validez de la elección de senadores por el principio de mayoría relativa, con base en los resultados consignados en las actas de cómputos distritales, dar a conocer los resultados correspondientes y turnar el original y las copias certificadas del expediente en los términos señalados en el Libro Quinto de esta Ley;

j)Efectuar el cómputo de entidad federativa de la elección de senadores por el principio de representación proporcional, con base en los resultados consignados en las actas de cómputos distritales, dar a conocer los resultados correspondientes y turnar el original y las copias certificadas del expediente en los términos señalados en el Libro Quinto de esta Ley;

k)Designar, en caso de ausencia del secretario, de entre los miembros del sistema correspondiente al Instituto del Servicio Profesional Electoral Nacional, a la persona que fungirá como secretario en la sesión;

l)[Supervisar las actividades que realicen las juntas locales ejecutivas durante el proceso electoral;] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

m)Nombrar las comisiones de consejeros que sean necesarias para vigilar y organizar el adecuado ejercicio de sus atribuciones, con el número de miembros que para cada caso acuerde, y

n)Las demás que les confiera esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Comprender las atribuciones de los consejos locales permite a los abogados anticipar posibles conflictos y asesorar a sus clientes sobre cómo interactuar con estas entidades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del LGIPE?

Los consejos locales tienen atribuciones que incluyen vigilar la observancia de la ley y designar consejeros electorales. Estas funciones son esenciales para la integridad del proceso electoral.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] Comprender las atribuciones de los consejos locales permite a los abogados anticipar posibles conflictos y asesorar a sus clientes sobre cómo interactuar con estas entidades.

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