LGIPE

Artículo 58. Atribuciones de Capacitación Electoral

La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica tiene atribuciones para diseñar programas de educación cívica y promover el voto. Esto es clave para fomentar la participación ciudadana.

capacitación electoraleducación cívicaparticipación ciudadana

Texto Legal

1. [La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica tiene las siguientes atribuciones:] Párrafo reformado DOF 02-03-2023 Párrafo declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

a) [Elaborar, proponer y coordinar los programas de educación cívica, paridad de género y respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político, que desarrollen las juntas locales y distritales ejecutivas;] Inciso reformado DOF 13-04-2020, 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

b) Promover la suscripción de convenios en materia de educación cívica, paridad de género y respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político, con los Organismos Públicos Locales sugiriendo la articulación de políticas nacionales orientadas a la promoción de la cultura político-democrática, la igualdad política entre mujeres y hombres, así como la construcción de ciudadanía; Inciso reformado DOF 13-04-2020

c) Vigilar el cumplimiento de los programas y políticas a los que se refieren los dos incisos anteriores;

d) Diseñar y proponer estrategias para promover el voto entre la ciudadanía;

e) Diseñar y promover estrategias para la integración de mesas directivas de casilla y la capacitación electoral;

f) Preparar el material didáctico y los instructivos electorales;

g) Orientar a las ciudadanas y los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones político-electorales; Inciso reformado DOF 13-04-2020

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

h)Llevar a cabo las acciones necesarias para exhortar a los ciudadanos que se inscriban y actualicen su registro en el Registro Federal de electores y para que acudan a votar;

i)[Asistir a las sesiones de la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica sólo con derecho de voz;] Inciso derogado DOF 02-03-2023 Derogación del inciso declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

j)Diseñar y proponer campañas de educación cívica, paridad de género y cultura de respeto de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral, en coordinación con la Fiscalía Especializada de Delitos Electorales; Inciso reformado DOF 13-04-2020

k)Acordar con la Secretaria o el Secretario Ejecutivo del Instituto los asuntos de su competencia; Inciso reformado DOF 13-04-2020

l)Realizar campañas de información para la prevención, atención y erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón de género; Inciso adicionado DOF 13-04-2020

m)Capacitar al personal del Instituto, organismos públicos locales e integrantes de mesas directivas de casillas para prevenir, atender y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, así como en igualdad sustantiva, y Inciso adicionado DOF 13-04-2020

n)[Las demás que le confiera esta Ley.] Inciso recorrido DOF 13-04-2020. Reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

[ñ) Suprimido] Inciso adicionado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y suprimido conforme al texto de la ley “que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

[o) Suprimido] Inciso adicionado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y suprimido conforme al texto de la ley “que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

[2. Suprimido] Numeral adicionado DOF 02-03-2023 Numeral declarado inválido y suprimido conforme al texto de la ley “que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Fomentar la participación ciudadana es esencial para la democracia. Los contadores deben apoyar a sus clientes en la promoción de la educación cívica y el voto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58 del LGIPE?

La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica tiene atribuciones para diseñar programas de educación cívica y promover el voto. Esto es clave para fomentar la participación ciudadana.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 58 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] Fomentar la participación ciudadana es esencial para la democracia. Los contadores deben apoyar a sus clientes en la promoción de la educación cívica y el voto.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 58 del LGIPE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 58 LGIPE desde tu celular