Los aspirantes que no entreguen sus informes de ingresos y egresos en el plazo establecido no podrán registrarse como Candidatos Independientes. Además, se prevén sanciones para aquellos que no cumplan con esta obligación.
1. El aspirante que no entregue el informe de ingresos y egresos, dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del periodo para recabar el apoyo ciudadano, le será negado el registro como Candidato Independiente.
2. Los aspirantes que sin haber obtenido el registro a la candidatura independiente no entreguen los informes antes señalados, serán sancionados en los términos de esta Ley.
CAPÍTULO IV De los Derechos y Obligaciones de los Aspirantes
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que los aspirantes cumplan con la entrega oportuna de sus informes para evitar la negación de su registro. La planificación y el seguimiento de fechas son esenciales.
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