La Secretaría de Hacienda puede requerir información a organismos sobre operaciones financieras relevantes durante procesos electorales.
1. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la unidad administrativa competente en materia de inteligencia financiera, podrá requerir a los organismos o dependencias de la Federación, de las entidades federativas o de los municipios la información, documentos, opiniones y elementos de prueba en general necesarios para el ejercicio de sus atribuciones, así como coordinarse con otras autoridades supervisoras en materia de prevención y detección de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo. Los organismos, dependencias y autoridades deberán colaborar de manera pronta y efectiva.
TÍTULO SEGUNDO De los Actos Preparatorios de la Elección Federal
CAPÍTULO I De las Disposiciones Preliminares
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La colaboración con la Secretaría de Hacienda es vital para prevenir el financiamiento ilícito. Los organismos deben estar preparados para proporcionar la información solicitada.
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