Se establece que el orden de los candidatos en las listas regionales será determinante para la asignación de diputados por representación proporcional. Este artículo garantiza que se respete la voluntad de los votantes.
1. En todos los casos, para la asignación de los diputados por el principio de representación proporcional se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en las listas regionales respectivas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es esencial que los partidos organicen sus listas de candidatos de manera estratégica. Los contadores deben ayudar a los partidos a entender cómo su orden puede afectar la asignación final.
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