Los partidos con registro local participarán en la distribucion de tiempos para campañas locales, basándose en los resultados de elecciones anteriores. Esto asegura una representacion justa.
1. Los partidos con registro local vigente, previo a la elección de que se trate, participarán en la distribución de los tiempos asignados para las campañas locales de la entidad federativa correspondiente, de acuerdo al porcentaje de votos que hayan obtenido en la elección local inmediata anterior para diputados locales, o en su caso en la más reciente en que hayan participado.
2. Los partidos políticos nacionales que, en la entidad de que se trate, no hubiesen obtenido en la elección para diputados locales inmediata anterior, el porcentaje mínimo de votos para tener derecho a prerrogativas o los partidos con registro local obtenido para la elección de que se trate, tendrán derecho a la prerrogativa de radio y televisión para campañas locales solamente en la parte que deba distribuirse en forma igualitaria.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La participacion de partidos locales es clave para asegurar que se escuchen todas las voces en el proceso electoral. Los partidos deben estar al tanto de sus derechos.
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