Los ciudadanos pueden formular observaciones sobre las listas nominales, que serán comunicadas a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores. Se establece un proceso para estas observaciones.
1. [Las observaciones pertinentes que los ciudadanos formulen a las listas nominales de electores serán comunicadas por las juntas distritales a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para los efectos conducentes.] Numeral reformado DOF 02-03-2023
LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Numeral declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023
2. El Instituto establecerá los medios para que los mexicanos residentes en el extranjero puedan realizar observaciones a la lista nominal de la que forman parte, desde el extranjero.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los ciudadanos conozcan su derecho a hacer observaciones. Los abogados deben estar listos para ayudar a sus clientes en este proceso si es necesario.
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