Se definen las listas nominales de electores y su organización por distrito y sección electoral. Este artículo establece la estructura básica de las listas.
1. Las listas nominales de electores son las relaciones elaboradas por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores que contienen el nombre de las personas incluidas en el Padrón Electoral, agrupadas por distrito y sección, a quienes se ha expedido y entregado su credencial para votar.
2. La sección electoral es la fracción territorial de los distritos electorales uninominales para la inscripción de los ciudadanos en el Padrón Electoral y en las listas nominales de electores.
3. Cada sección tendrá como mínimo 100 electores y como máximo 3,000.
4. El fraccionamiento en secciones electorales estará sujeto a la revisión de la división del territorio nacional en distritos electorales, en los términos del artículo 53 de la Constitución.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Comprender la estructura de las listas nominales es fundamental para cualquier análisis electoral. Los abogados deben estar preparados para asesorar sobre posibles irregularidades en estas listas.
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