LGIPE

Artículo 146. Disponibilidad de credenciales

Las credenciales para votar estarán disponibles en oficinas o módulos hasta el 1º de marzo del año electoral. Se especifica el procedimiento para las credenciales tramitadas desde el extranjero.

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Texto Legal

1. Las credenciales para votar con fotografía que se expidan conforme a lo establecido en el presente Capítulo estarán a disposición de los interesados en las oficinas o módulos que determine el Instituto hasta el 1º de marzo del año de la elección. En el caso de las expedidas desde el extranjero serán entregadas en el mismo sitio donde fueron tramitadas.

CAPÍTULO III De las Listas Nominales de Electores y de su Revisión

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La fecha límite para recoger la credencial es crucial para los votantes. Los contadores deben informar a sus clientes sobre esta fecha para evitar inconvenientes el día de la elección.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 146 del LGIPE?

Las credenciales para votar estarán disponibles en oficinas o módulos hasta el 1º de marzo del año electoral. Se especifica el procedimiento para las credenciales tramitadas desde el extranjero.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 146 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] La fecha límite para recoger la credencial es crucial para los votantes. Los contadores deben informar a sus clientes sobre esta fecha para evitar inconvenientes el día de la elección.

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