LGE

Artículo 86. Capacitación docente en tecnologías

Las autoridades educativas promoverán la capacitación de docentes en el uso de tecnologías digitales para mejorar el proceso educativo y fortalecer la educación a distancia. Esto es esencial para la enseñanza moderna.

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Texto Legal

Las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, promoverán la formación y capacitación de maestras y maestros para desarrollar las habilidades necesarias en el uso de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital para favorecer el proceso educativo.

Asimismo, fortalecerán los sistemas de educación a distancia, mediante el aprovechamiento de las multiplataformas digitales, la televisión educativa y las tecnologías antes referidas.

Capítulo XII Del calendario escolar

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La capacitación continua de docentes es clave para el éxito educativo. Las instituciones deben priorizar recursos para este tipo de formación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 86 del LGE?

Las autoridades educativas promoverán la capacitación de docentes en el uso de tecnologías digitales para mejorar el proceso educativo y fortalecer la educación a distancia. Esto es esencial para la enseñanza moderna.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 86 de la LEY de Educación?

[IA] La capacitación continua de docentes es clave para el éxito educativo. Las instituciones deben priorizar recursos para este tipo de formación.

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