LGE

Artículo 3. Participación en el proceso educativo

El artículo promueve la participación activa de todos los actores involucrados en el proceso educativo, buscando extender los beneficios de la educación a todos los sectores sociales. Se enfoca en el desarrollo integral de la sociedad.

participacioneducaciondesarrollo social

Texto Legal

El Estado fomentará la participación activa de los educandos, madres y padres de familia o tutores, maestras y maestros, los pueblos indígenas y afromexicanos, así como de los distintos actores involucrados en el proceso educativo y, en general, de todo el Sistema Educativo Nacional, para asegurar que éste extienda sus beneficios a todos los sectores sociales y regiones del país, a fin de contribuir al desarrollo económico, social y cultural de sus habitantes. Artículo reformado DOF 07-06-2024

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Fomentar la participación activa es clave para mejorar la calidad educativa. Los educadores deben involucrar a padres y comunidades en el proceso de aprendizaje.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del LGE?

El artículo promueve la participación activa de todos los actores involucrados en el proceso educativo, buscando extender los beneficios de la educación a todos los sectores sociales. Se enfoca en el desarrollo integral de la sociedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la LEY de Educación?

[IA] Fomentar la participación activa es clave para mejorar la calidad educativa. Los educadores deben involucrar a padres y comunidades en el proceso de aprendizaje.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 3 del LGE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 3 LGE desde tu celular