LGE

Artículo 138. Tutorías como servicio social

La Secretaría establecerá mecanismos para que las tutorías y acompañamientos de estudiantes a educandos de niveles inferiores cuenten como prestación de servicio social. Esto busca mejorar el aprendizaje y desarrollo integral de los educandos.

tutoriasservicio socialeducacion
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 15 de enero de 2026. Verificado en 2026.

Texto Legal

La Secretaría, en coordinación con las autoridades competentes, establecerá mecanismos para que cuente como prestación de servicio social, las tutorías y acompañamientos que realicen estudiantes a los educandos de preescolar, primaria, secundaria y media superior que lo requieran para lograr su máximo aprendizaje y desarrollo integral.

Capítulo V De la participación de los medios de comunicación

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Incorporar tutorías como parte del servicio social puede enriquecer la experiencia educativa. Se recomienda a las instituciones coordinarse con los estudiantes para maximizar el impacto de estas tutorías.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 138 del LGE?

La Secretaría establecerá mecanismos para que las tutorías y acompañamientos de estudiantes a educandos de niveles inferiores cuenten como prestación de servicio social. Esto busca mejorar el aprendizaje y desarrollo integral de los educandos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 138 de la LEY de Educación?

[IA] Incorporar tutorías como parte del servicio social puede enriquecer la experiencia educativa. Se recomienda a las instituciones coordinarse con los estudiantes para maximizar el impacto de estas tutorías.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 138 del LGE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 138 LGE desde tu celular