Los medios de comunicación masiva deben contribuir al logro de los fines educativos establecidos en la ley. Esto implica un compromiso con la calidad y la difusión de información relevante para la educación.
Los medios de comunicación masiva, de conformidad con el marco jurídico que les rige, en el desarrollo de sus actividades contribuirán al logro de los fines de la educación previstos en el artículo 15, conforme a los criterios establecidos en el artículo 16 de la presente Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La colaboración de los medios es esencial para promover la educación. Las instituciones deben considerar alianzas estratégicas con medios locales para mejorar la visibilidad de sus programas educativos.
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