LGE

Artículo 108. Consejos Tecnicos Escolares

Se establecerán Consejos Técnicos Escolares como órganos de decisión para mejorar el aprendizaje en planteles educativos. La Secretaría emitirá lineamientos para su funcionamiento.

consejos tecnicosmejora escolaraprendizaje

Texto Legal

Para el proceso de mejora escolar, se constituirán Consejos Técnicos Escolares en los tipos de educación básica y media superior, como órganos colegiados de decisión técnico pedagógica de cada plantel educativo, los cuales tendrán a su cargo adoptar e implementar las decisiones para contribuir al máximo logro de aprendizaje de los educandos, el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad.

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

La Secretaría emitirá los lineamientos para su integración, operación y funcionamiento. Las sesiones que, para tal efecto se programen, podrán ser ajustadas conforme a las necesidades del servicio educativo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La implementación de Consejos Técnicos puede ser clave para la mejora continua en las escuelas. Es importante que los contadores asesoren sobre la gestión de recursos asignados a estos consejos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 108 del LGE?

Se establecerán Consejos Técnicos Escolares como órganos de decisión para mejorar el aprendizaje en planteles educativos. La Secretaría emitirá lineamientos para su funcionamiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 108 de la LEY de Educación?

[IA] La implementación de Consejos Técnicos puede ser clave para la mejora continua en las escuelas. Es importante que los contadores asesoren sobre la gestión de recursos asignados a estos consejos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 108 del LGE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 108 LGE desde tu celular