Los municipios son los principales responsables de ejecutar programas federales de desarrollo social, salvo excepciones asignadas a otras entidades. Esto resalta la importancia del papel local en la implementación de políticas sociales.
Los municipios serán los principales ejecutores de los programas, recursos y acciones federales de desarrollo social, de acuerdo a las reglas de operación que para el efecto emita el Ejecutivo Federal, excepto en los casos expresamente asignados, legal o administrativamente, a una dependencia, entidad u organismo federal, estatal o del Distrito Federal.
Capítulo III Del Financiamiento y el Gasto
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los contadores deben estar al tanto de las reglas de operación que emite el Ejecutivo Federal, ya que estas guiarán la ejecución y financiamiento de los programas en sus respectivas localidades.
Anterior
Art. 16. Programas operativos de desarrollo social
Siguiente
Art. 18. Prioridad de programas sociales
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo