LGDFS

Artículo 85. Autorización para aprovechamiento específico

Se requiere autorización para el aprovechamiento de ciertos recursos como tierra de monte y plantas específicas. El Reglamento definirá los requisitos de la solicitud.

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Texto Legal

Se requiere autorización para el aprovechamiento en los casos siguientes:

a) Tierra de monte y de hoja;

b) Tallos de las especies del género Yucca, y

c) Plantas completas de las familias Agavaceae, Cactaceae, Cyatheaceae, Dicksoniaceae, Nolinaceae, Orchidaceae, Palmae y Zamiaceae provenientes de vegetación forestal.

El Reglamento establecerá los requisitos de la solicitud de autorización.

Sección Quinta De la Colecta y Uso de los Recursos Forestales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los interesados deben estar informados sobre los recursos que requieren autorización para evitar sanciones. Cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento es esencial para la legalidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 85 del LGDFS?

Se requiere autorización para el aprovechamiento de ciertos recursos como tierra de monte y plantas específicas. El Reglamento definirá los requisitos de la solicitud.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 85 de la LEY de Desarrollo Forestal Sustentable?

[IA] Los interesados deben estar informados sobre los recursos que requieren autorización para evitar sanciones. Cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento es esencial para la legalidad.

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