LGDFS

Artículo 84. Aprovechamiento de recursos no maderables

El aprovechamiento de recursos no maderables solo requiere un aviso por escrito a la autoridad competente. Esto simplifica el proceso para ciertos recursos.

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Texto Legal

El aprovechamiento de recursos no maderables únicamente requerirá de un aviso por escrito a la autoridad competente. El Reglamento establecerá los requisitos del aviso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Aunque el proceso es más sencillo, es importante que los interesados cumplan con los requisitos del aviso para evitar problemas en el aprovechamiento de estos recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 84 del LGDFS?

El aprovechamiento de recursos no maderables solo requiere un aviso por escrito a la autoridad competente. Esto simplifica el proceso para ciertos recursos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 84 de la LEY de Desarrollo Forestal Sustentable?

[IA] Aunque el proceso es más sencillo, es importante que los interesados cumplan con los requisitos del aviso para evitar problemas en el aprovechamiento de estos recursos.

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