LGDFS

Artículo 105. Delimitación de unidades de manejo

La Comisión y las Entidades Federativas delimitarán unidades de manejo forestal para una ordenación sustentable. Esto facilitará la planeación de actividades forestales.

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Texto Legal

La Comisión, en coordinación con las Entidades Federativas, delimitarán las unidades de manejo forestal, tomando como base las semejanzas físicas, ambientales, sociales y económicas de un territorio, con el propósito de lograr una ordenación forestal sustentable, una planeación ordenada de las actividades forestales y el manejo eficiente de los recursos forestales.

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La delimitación de unidades de manejo es fundamental para la gestión forestal. Los contadores deben estar al tanto de cómo estas delimitaciones pueden afectar las operaciones de sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 105 del LGDFS?

La Comisión y las Entidades Federativas delimitarán unidades de manejo forestal para una ordenación sustentable. Esto facilitará la planeación de actividades forestales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 105 de la LEY de Desarrollo Forestal Sustentable?

[IA] La delimitación de unidades de manejo es fundamental para la gestión forestal. Los contadores deben estar al tanto de cómo estas delimitaciones pueden afectar las operaciones de sus clientes.

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