LGBN

Artículo 26. Sistema de Administración Inmobiliaria

El Sistema de Administración Inmobiliaria Federal y Paraestatal busca una gestión eficaz del patrimonio inmobiliario en beneficio de los servicios públicos. Esto incluye la promoción de la seguridad jurídica.

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Texto Legal

El Sistema de Administración Inmobiliaria Federal y Paraestatal constituye un conjunto de políticas, criterios y mecanismos de coordinación de acciones tendientes a:

I.- Lograr la administración eficaz y el óptimo aprovechamiento del patrimonio inmobiliario federal y paraestatal, en beneficio de los servicios públicos y funciones a cargo de la Administración Pública Federal;

II.- Promover la seguridad jurídica del patrimonio inmobiliario federal y paraestatal, y

III.- Coadyuvar a que los recursos presupuestarios destinados a la adquisición, administración, conservación y mantenimiento de los inmuebles necesarios para el funcionamiento de la Administración Pública Federal, sean aplicados con eficiencia y eficacia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La implementación de este sistema es clave para asegurar que los inmuebles se gestionen de manera eficiente y se maximicen los recursos públicos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del LGBN?

El Sistema de Administración Inmobiliaria Federal y Paraestatal busca una gestión eficaz del patrimonio inmobiliario en beneficio de los servicios públicos. Esto incluye la promoción de la seguridad jurídica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la LEY de Bienes Nacionales?

[IA] La implementación de este sistema es clave para asegurar que los inmuebles se gestionen de manera eficiente y se maximicen los recursos públicos.

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