Los dictámenes valuatorios y justipreciaciones de rentas tienen una vigencia de un año a partir de su emisión, salvo disposiciones específicas. Es importante conocer esta limitante para evitar problemas legales en la explotación de bienes nacionales.
La vigencia de los dictámenes valuatorios y de justipreciaciones de rentas, no excederá de un año contado a partir de la fecha de su emisión, salvo lo que dispongan otros ordenamientos jurídicos en materias específicas.
TÍTULO SÉPTIMO DE LAS SANCIONES
CAPÍTULO ÚNICO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo es relevante para quienes manejan bienes nacionales, ya que establece un plazo claro para la validez de los dictámenes. Asegúrese de renovar los dictámenes antes de que caduquen para evitar inconvenientes.
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