La Secretaría puede fijar el porcentaje máximo de incremento en rentas de inmuebles arrendados, sin necesidad de justipreciar. Esto facilita la gestión de arrendamientos.
En el caso de que las dependencias, las unidades administrativas de la Presidencia de la República o las entidades, pretendan continuar la ocupación de un inmueble arrendado, la Secretaría podrá fijar el porcentaje máximo de incremento al monto de las rentas pactadas en los contratos de arrendamiento correspondientes, sin que sea necesario justipreciar las rentas. Párrafo reformado DOF 20-05-2021
Las instituciones mencionadas no requerirán obtener justipreciaciones de rentas, cuando el monto de las mismas no rebase el importe máximo de rentas que fije anualmente la Secretaría.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las dependencias deben estar al tanto de los límites establecidos por la Secretaría para evitar sobrecostos en arrendamientos. Es recomendable revisar los contratos de arrendamiento periódicamente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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