El usuario de la biblioteca tiene derecho a recibir trato digno, asesoría en su búsqueda de información y a que no se discrimine su acceso a los servicios. Además, se asegura la conservación del patrimonio cultural oral de la comunidad.
El usuario de la biblioteca tiene derecho a:
I. Recibir trato digno;
II. Ser asesorado sobre la información que busca;
III. Que el personal destinado a la operación de una biblioteca no lo discrimine sobre sus ideas y búsquedas, y
LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 29-11-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
IV. Que la biblioteca pública conserve el patrimonio cultural oral de su comunidad.
CAPÍTULO IX Descarte
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que las bibliotecas implementen políticas de atención al usuario que garanticen estos derechos. Esto no solo mejora la experiencia del usuario, sino que también fomenta un ambiente inclusivo y respetuoso.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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