LGB

Artículo 30. Obligación de capacitación estatal

Es obligación del gobierno estatal y de la Dirección General ofrecer capacitación continua al personal de bibliotecas públicas. Esto asegura un servicio competente y actualizado.

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Texto Legal

Es obligación del gobierno estatal y de la Dirección General ofrecer una capacitación continua y pertinente al personal destinado a la operación de las bibliotecas públicas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La capacitación proporcionada por el gobierno estatal debe ser relevante y adaptada a las necesidades de cada biblioteca. Esto ayudará a mantener un estándar de calidad en los servicios ofrecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LGB?

Es obligación del gobierno estatal y de la Dirección General ofrecer capacitación continua al personal de bibliotecas públicas. Esto asegura un servicio competente y actualizado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY de Bibliotecas?

[IA] La capacitación proporcionada por el gobierno estatal debe ser relevante y adaptada a las necesidades de cada biblioteca. Esto ayudará a mantener un estándar de calidad en los servicios ofrecidos.

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