La incorporación de terrenos ejidales al desarrollo urbano debe cumplir con requisitos específicos, como la necesidad para planes de desarrollo y la dotación de infraestructura. Esto asegura un uso adecuado del suelo.
La incorporación de terrenos ejidales, comunales y de propiedad federal al Desarrollo Urbano y la vivienda, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Ser necesaria para la ejecución de un plan o programa de Desarrollo Urbano;
II. Las áreas o predios que se incorporen deberán cumplir lo establecido en la definición de Área Urbanizable contenida en el artículo 3 de esta Ley;
III. El planteamiento de esquemas financieros para su aprovechamiento y para la dotación de infraestructura, equipamiento y Servicios Urbanos, así como para la construcción de vivienda, y
IV. Los demás que determine la Secretaría conforme a las disposiciones jurídicas aplicables y que se deriven de los convenios o acuerdos correspondientes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los desarrolladores deben estar al tanto de los requisitos para la incorporación de terrenos ejidales. La planificación adecuada es esencial para evitar problemas legales.
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