LGAHOTDU

Artículo 57. Donaciones y Cesiones de Espacios Públicos

La legislación local debe garantizar donaciones y cesiones de espacios públicos necesarios para el desarrollo de centros de población. Esto es clave para la infraestructura urbana.

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Texto Legal

La legislación local en la materia, deberá contener las especificaciones a fin de garantizar que se efectúen las donaciones y cesiones correspondientes a vías públicas locales, equipamientos y espacios públicos que se requieran para el desarrollo y buen funcionamiento de los Centros de Población, en favor de las entidades federativas, de los municipios y de las Demarcaciones Territoriales en localización, superficie y proporción adecuadas, así como, para asegurar la factibilidad, sustentabilidad y prestación de los servicios públicos, el diseño y construcción de una red de vialidades primarias, como partes de una retícula, que faciliten la conectividad, la Movilidad y el desarrollo de infraestructura.

Asimismo se deberá establecer la obligación de las autoridades municipales, de asegurarse, previamente, a la expedición de las autorizaciones para el uso, edificación o aprovechamiento urbano, del cumplimiento de las leyes estatales y federales, así como, de las normas para el uso, aprovechamiento y custodia del Espacio Público, en particular, las afectaciones y Destinos para construcción de infraestructura vial, equipamientos y otros servicios de carácter urbano y metropolitano de carácter público.

Para acciones urbanísticas que impliquen la expansión del área urbana, para el fraccionamiento de terrenos o para la subdivisión o parcelación de la tierra, las autoridades locales deberán asegurarse de que existe congruencia con las normas de Zonificación y planeación urbana vigentes, la viabilidad y factibilidad para brindar los servicios públicos y extender o ampliar las redes de agua, drenaje, energía, alumbrado público y el manejo de desechos sólidos de manera segura y sustentable, sin afectar los asentamientos colindantes, sin ocupar áreas de riesgo o no urbanizables y garantizando la suficiencia financiera para brindar los servicios públicos que se generen.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Asegurarse de que se realicen las donaciones adecuadas es crucial para el desarrollo urbano. Los desarrolladores deben colaborar con las autoridades para facilitar este proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 57 del LGAHOTDU?

La legislación local debe garantizar donaciones y cesiones de espacios públicos necesarios para el desarrollo de centros de población. Esto es clave para la infraestructura urbana.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 57 de la LEY de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Terr...?

[IA] Asegurarse de que se realicen las donaciones adecuadas es crucial para el desarrollo urbano. Los desarrolladores deben colaborar con las autoridades para facilitar este proceso.

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