LGAHOTDU

Artículo 43. Cumplimiento de Planes Urbanos

Las autoridades deben hacer cumplir los planes de desarrollo urbano y la legislación correspondiente. Esto asegura la observancia de las normativas en el ámbito urbano.

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Texto Legal

Las autoridades de la Federación, las entidades federativas y los municipios, en la esfera de sus respectivas competencias, harán cumplir los planes o programas de Desarrollo Urbano y la observancia de esta Ley y la legislación estatal de Desarrollo Urbano.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] El cumplimiento de los planes de desarrollo urbano es fundamental para la sostenibilidad de las ciudades. Los profesionales deben asesorar a las autoridades sobre las implicaciones legales de estos planes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del LGAHOTDU?

Las autoridades deben hacer cumplir los planes de desarrollo urbano y la legislación correspondiente. Esto asegura la observancia de las normativas en el ámbito urbano.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la LEY de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Terr...?

[IA] El cumplimiento de los planes de desarrollo urbano es fundamental para la sostenibilidad de las ciudades. Los profesionales deben asesorar a las autoridades sobre las implicaciones legales de estos planes.

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