El Registro Nacional será administrado por el Archivo General, siguiendo las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional. Esto asegura un manejo adecuado y conforme a la ley de los archivos privados.
El Registro Nacional será administrado por el Archivo General, su organización y funcionamiento será conforme a las disposiciones que emita el propio Consejo Nacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los administradores de archivos conozcan las disposiciones del Consejo Nacional para asegurar el cumplimiento normativo en la gestión del Registro Nacional.
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Art. 79. Inscripción obligatoria al Registro Nacional
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Art. 81. Aplicación para el Registro Nacional
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