LGA

Artículo 113. Control y vigilancia del Archivo

El Archivo General contará con un Comisario Público y una unidad de control y vigilancia, asegurando la transparencia y cumplimiento de la ley. Esto es fundamental para la confianza pública.

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Texto Legal

El Archivo General contará con un Comisario Público y con una unidad encargada del control y vigilancia, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento; y ejercerá las facultades previstas en estos ordenamientos y los demás que le resulten aplicables.

CAPÍTULO V DEL CONSEJO TÉCNICO Y CIENTÍFICO ARCHIVÍSTICO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La existencia de un Comisario Público es un elemento de transparencia en la gestión del Archivo. Los abogados deben considerar esto al evaluar la rendición de cuentas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 113 del LGA?

El Archivo General contará con un Comisario Público y una unidad de control y vigilancia, asegurando la transparencia y cumplimiento de la ley. Esto es fundamental para la confianza pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 113 de la LEY de Archivos?

[IA] La existencia de un Comisario Público es un elemento de transparencia en la gestión del Archivo. Los abogados deben considerar esto al evaluar la rendición de cuentas.

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