LGAMVLV

Artículo 30. Principios de las Órdenes de Protección

Las órdenes de protección deben dictarse bajo principios de protección, necesidad, confidencialidad, oportunidad y accesibilidad. Estos principios garantizan una respuesta adecuada a las víctimas.

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Texto Legal

Las medidas u órdenes de protección se deberán dictar e implementar con base en los siguientes principios: Párrafo reformado DOF 16-12-2024

I. Principio de protección: Considera primordial la vida, la integridad física, la libertad y la seguridad de las personas;

II. Principio de necesidad y proporcionalidad: Las órdenes de protección deben responder a la situación de violencia en que se encuentre la persona destinataria, y deben garantizar su seguridad o reducir los riesgos existentes;

III. Principio de confidencialidad: Toda la información y actividad administrativa o jurisdiccional relacionada con el ámbito de protección de las personas, debe ser reservada para los fines de la investigación o del proceso respectivo;

IV. Principio de oportunidad y eficacia: Las órdenes deben ser oportunas, específicas, adecuadas y eficientes para la protección de la víctima, y deben ser otorgadas e implementadas de manera inmediata y durante el tiempo que garanticen su objetivo;

V. Principio de accesibilidad: Se deberá articular un procedimiento sencillo para que facilite a las víctimas obtener la protección inmediata que requiere su situación;

VI. Principio de integralidad: El otorgamiento de la medida a favor de la víctima deberá generarse en un solo acto y de forma automática, y

VII. Principio pro persona: Para interpretar lo referente al otorgamiento de las órdenes de protección, en caso de duda, con relación a la situación de violencia, se estará a lo más favorable para la víctima, tratándose de niñas siempre se garantizará que se cumpla en todas

LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

las decisiones que se tomen respecto de las órdenes de protección. De igual forma, cuando las determinaciones que se tomen respecto de una mujer víctima de violencia pudieran impactar en los derechos de las hijas o hijos menores de 18 años de edad. Artículo reformado DOF 18-03-2021

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Aplicar estos principios es fundamental para asegurar que las órdenes de protección sean efectivas. Las autoridades deben recibir capacitación continua para implementarlos correctamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LGAMVLV?

Las órdenes de protección deben dictarse bajo principios de protección, necesidad, confidencialidad, oportunidad y accesibilidad. Estos principios garantizan una respuesta adecuada a las víctimas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre d...?

[IA] Aplicar estos principios es fundamental para asegurar que las órdenes de protección sean efectivas. Las autoridades deben recibir capacitación continua para implementarlos correctamente.

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