LFT

Artículo 39-F. Relacion de trabajo por temporada

Establece que las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado seran continuas por regla general, pero podran pactarse para labores discontinuas cuando los servicios requeridos sean para labores fijas y periodicas de caracter discontinuo.

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Texto Legal

Articulo 39-F - Trabajo por Temporada

Las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado seran continuas por regla general, pero podran pactarse para labores discontinuas cuando los servicios requeridos sean para labores fijas y periodicas de caracter discontinuo, en los casos de actividades de temporada.

Caracteristicas


AspectoDetalle
**Tipo**Tiempo indeterminado con actividad discontinua
**Ejemplo**Temporada de cosecha, temporada turistica
**Derechos**Los mismos que un trabajador de planta, en proporcion
**Antiguedad**Se computa por los periodos trabajados
**Seguridad social**Durante los periodos de actividad

Los trabajadores por temporada tienen los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores por tiempo indeterminado, en proporcion al tiempo trabajado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las relaciones de trabajo por temporada permiten contratar trabajadores para labores fijas y periodicas de caracter discontinuo (como temporadas agricolas o turisticas). Los trabajadores de temporada tienen los mismos derechos que los de tiempo indeterminado, proporcionalmente al tiempo trabajado. Es importante que el contrato especifique claramente los periodos de actividad y las condiciones de reincorporacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 39-F del LFT?

Establece que las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado seran continuas por regla general, pero podran pactarse para labores discontinuas cuando los servicios requeridos sean para labores fijas y periodicas de caracter discontinuo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 39-F de la Ley del Trabajo?

Las relaciones de trabajo por temporada permiten contratar trabajadores para labores fijas y periodicas de caracter discontinuo (como temporadas agricolas o turisticas). Los trabajadores de temporada tienen los mismos derechos que los de tiempo indeterminado, proporcionalmente al tiempo trabajado. Es importante que el contrato especifique claramente los periodos de actividad y las condiciones de reincorporacion.

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