Establece las condiciones que deben cumplir las agencias de colocacion de trabajadores que recluten para empleos en el extranjero. Prohibe cobrar al trabajador por los servicios de colocacion.
Las agencias de colocacion de trabajadores podran participar en la contratacion de nacionales para el extranjero, siempre que:
I. Cuenten con autorizacion de la STPS
II. No cobren al trabajador cantidad alguna por sus servicios
III. Se sujeten a los convenios internacionales aplicables
IV. Garanticen el cumplimiento de las condiciones de trabajo pactadas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las agencias de colocacion para trabajadores en el extranjero estan estrictamente reguladas. No pueden cobrar al trabajador por sus servicios y deben estar debidamente registradas. Las violaciones a estas disposiciones pueden generar responsabilidad solidaria con el patron extranjero. Las empresas que recluten trabajadores para el exterior deben verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales.
Art. 25. Condiciones que debe contener el contrato de trabajo
Establece los requisitos minimos que debe incluir un contrato individual de trabajo: datos del trabajador y patron, duracion de la relacion, servicios a prestar, lugar de trabajo, jornada, salario, dia y lugar de pago, capacitacion, y demas condiciones laborales.
Art. 28. Trabajadores mexicanos fuera de la Republica
Establece las condiciones especiales para los trabajadores mexicanos que presten servicios fuera de la Republica, contratados en territorio nacional. Los contratos deben ser visados por autoridad laboral competente.
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Art. 28-A. Trabajadores mexicanos contratados para el extranjero por temporada
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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