El Comite se integrara con representantes tripartitos del gobierno, patrones y trabajadores.
El Comite se integrara por representantes del sector publico, privado y laboral.
Este articulo forma parte del marco regulatorio de la capacitacion y adiestramiento de los trabajadores, establecido en el Capitulo III Bis del Titulo IV de la LFT.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La integracion tripartita del Comite garantiza la representacion equilibrada de gobierno, patrones y trabajadores. Las decisiones y recomendaciones del Comite son el resultado de la negociacion entre las tres partes. Las empresas deben estar representadas a traves de sus camaras y organizaciones empresariales para que sus intereses sean considerados.
Art. 132. Obligaciones de los patrones
Enumera las obligaciones principales de los patrones: pagar salarios e indemnizaciones, proporcionar herramientas de trabajo, mantener lugares de trabajo seguros e higienicos, expedir constancias de trabajo, inscribir a trabajadores en IMSS e INFONAVIT, capacitar, entre otras.
Art. 153-A. Derecho a capacitacion y adiestramiento
Los patrones tienen la obligacion de proporcionar a todos los trabajadores capacitacion o adiestramiento en su trabajo para elevar su nivel de vida, competencia laboral y productividad.
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