LFT

Artículo 128. PTU no computable para salario

La participacion en las utilidades no se computara como parte del salario, para los efectos de las indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores.

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Texto Legal

Articulo 128 - PTU no Integra Salario

La participacion de los trabajadores en las utilidades de las empresas no se computara como parte del salario, para los efectos de las indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores.

Efecto practico

La PTU no forma parte del salario diario integrado para:
- Calculo de indemnizaciones (Art. 48, 50)
- Calculo de cuotas IMSS
- Calculo de aportaciones INFONAVIT

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La PTU no se integra al salario para efectos de indemnizaciones. Esto significa que al calcular finiquitos, liquidaciones o pensiones, no se incluye la PTU. Sin embargo, la PTU si debe considerarse para efectos fiscales del trabajador. Las empresas deben separar claramente este concepto en la nomina y en los calculos de terminacion de relaciones laborales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 128 del LFT?

La participacion en las utilidades no se computara como parte del salario, para los efectos de las indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 128 de la Ley del Trabajo?

La PTU no se integra al salario para efectos de indemnizaciones. Esto significa que al calcular finiquitos, liquidaciones o pensiones, no se incluye la PTU. Sin embargo, la PTU si debe considerarse para efectos fiscales del trabajador. Las empresas deben separar claramente este concepto en la nomina y en los calculos de terminacion de relaciones laborales.

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