El salario devengado en el ultimo ano de servicios servira de base para cuantificar las prestaciones e indemnizaciones a que tenga derecho el trabajador.
El derecho de los trabajadores a participar en las utilidades no implica la facultad de intervenir en la direccion o administracion de las empresas.
Este articulo preserva la separacion entre los derechos economicos de los trabajadores y la gestion empresarial.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El salario del ultimo ano de servicios como base para cuantificar prestaciones e indemnizaciones es un criterio importante en el calculo de finiquitos y liquidaciones. Si el trabajador tuvo incrementos salariales durante el ultimo ano, se debe considerar el salario mas reciente. Las empresas deben mantener registros historicos de salarios para realizar calculos correctos.
Art. 82. Concepto de salario
Define el salario como la retribucion que debe pagar el patron al trabajador por su trabajo. Puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comision, a precio alzado o de cualquier otra manera.
Art. 117. Derecho a la participacion en las utilidades (PTU)
Establece el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas, conforme al porcentaje que determine la Comision Nacional para la Participacion de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (10%).
Art. 98. Proteccion e irrenunciabilidad del salario
Establece que los trabajadores dispondran libremente de sus salarios y que cualquier disposicion o medida que desvirtue este derecho sera nula. El derecho a percibir el salario es irrenunciable y no puede ser objeto de cesion, compensacion ni descuento no autorizado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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